jueves, 6 de julio de 2017

 
Bureau Veritas
 
CAMPAÑA ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS 2017
Nacional
 
 
Seguridad de Utilización y Accesibilidad

Los edificios existentes deben adecuarse a las condiciones de accesibilidad que establece el DB SUA
(Documento  básico  de  seguridad  de  utilización  y  accesibilidad  del  Código  Técnico  de  Edificación) 
antes del 4 de diciembre de 2017 en todo aquello que sea susceptible de ajustes razonables, para
garantizar que las personas con discapacidad puedan hacer uso de los elementos comunes en las
mismas condiciones que los demás. Así lo recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de
su Inclusión Socia
El alcance de los trabajos comprende la evaluación de conformidad en Accesibilidad Universal de la
edificación, respecto a los requisitos de Accesibilidad Universal que se recogen en el DB SUA del
CTE de los activos ubicados en España de cualquier persona física o jurídica. Se deben cumplir las
exigencias básicas de seguridad de utilización y accesibilidad. Las  con las exigencias básicas SUA
1 a SUA 9. La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica
correspondiente.  La  correcta  aplicación  del  conjunto  del  DB  supone  que  se  satisface  el  requisito 
básico "Seguridad de utilización y accesibilidad”. Las exigencias básicas se establecen en el artículo
12 de la Parte I del  CTE y son las siguientes:
SUA 9 - Accesibilidad.
Se facilitará el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los edificios a las
personas con discapacidad.
¿A quién va dirigido?
Comunidades de propietarios.
Viviendas unifamiliares.
Hoteles, hostales, pensiones, turismo rural.
Centros de salud.
Centros educativos.
Centros deportivos y de ocio.
Sociedades patrimonialistas.

Administración pública.

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